este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 2 (UNIPERSONAL) del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA al acusado CARLOS GUILLERMO MARTINEZ MENDOZA, venezolano, natural de Acarigua Estado Portuguesa, fecha de nacimiento 23-04-1989 de 20 años de edad, soltero, profesión indefinida, residenciado en el barrio las Brisas del Paraíso, avenida principal, casa sin numero de Acarigua Estado Portuguesa y titular de la cédula de identidad No. V. 25.160.047, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previstos y sancionados en el Artículos 458 del Código Penal; en perjuicio de CARLOS JOSE HERRERA FREITEZ, por el delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, que está previsto en el artículo 277 del Código Penal, a cumplir la pena de TRES (3) AÑOS DE PRISIÓN