Se dictó auto mediante el cual se ORDENA la Captura del acusado ANGEL MARIA GUILLEN, plenamente identificado, en virtud del incumplimiento de las condiciones impuestas por el beneficio de Suspensión Condicional del Proceso que le fuera acordado en fecha 15-12-03, a los fines de asegurar las resultas del proceso y la comparecencia del acusado al Tribunal para determinar su situación jurídica en relación al beneficio otorgado con ocasión de la causa que se le sigue, por la comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal vigente para la época en que ocurrieron los hechos, en perjuicio del ciudadano SHOPPING ELECTRONICS; todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 5 eiusdem.