Se publico en su texto integro la Sentencia mediante la cual se ABSUELVE a los ciudadanos: JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ RODRIGUEZ y ARGENIS MANUEL SÁNCHEZ, a quienes el Ministerio Público les atribuyó el delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el Artículo 451 del Código Penal, cometido en perjuicio de GEOVANNY ALFONSO MENDEZ PIEDRA, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 366 del Código Orgánico Procesal Penal. No se condena en costas al Estado por los motivos expuestos en el capitulo señalado supra. Por cuanto los acusados se encuentran sometidos a una Medida Cautelar Sustitutiva se acuerda el cese inmediato y se ordena su libertad plena. Se deja constancia que la parte dispositiva de la sentencia se dictó en fecha 11 de Noviembre de 2008.