Este Tribunal de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA INTERRUMPIDO EL DEBATE DEL JUICIO iniciado el día 24 de Marzo de 2008, en consecuencia quedan NULAS todas las actuaciones realizadas en él, todo de conformidad con el artículo 337 en concordancia con los artículos 16 y 17 del Código Orgánico Procesal Penal, fijando la fecha para el nuevo debate el día 28 de Mayo de 2008 a las 10:00 de la mañana. Se ordena citar a los ciudadanos Escabinos para el día 17 de Abril de 2008 a las 3:00 de la tarde para que justifiquen su inasistencia al juicio oral y público.