En atención a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Juicio N° 02, constituido en Tribunal Mixto, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, por Decisión Unánime de sus miembros, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ABSUELVE a los ciudadanos ALEXANDER RAFAEL HERNÁNDEZ JIMÉNEZ y ARSENIO JOSÉ JIMÉNEZ, en cuanto a la participación y consecuente responsabilidad de los mismos en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 460 del Código Penal, perpetrado en perjuicio del ciudadano JESUS GABRIEL LINAREZ MACHADO, en virtud de la solicitud fiscal de Sentencia Absolutoria y por no haberse demostrado la comisión del delito atribuido por la Representación Fiscal.
No se condena en costas al Estado Venezolano, por considerar el Tribunal que el Ministerio Público tuvo motivos racionales para acusar.
Se hace cesar la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad que les fuera de.....