Se dicto auto mediante el cual se acuerda PRIMERO: la revisión de medida, y se impone al acusado OSCAR LUIS DUDAMEL MENDOZA titular de la Cédula de Identidad Nº 14.271.298, residenciado en el barrio El Bosque, sector Maisanta, cerca de la Casa Comunal, casa sin número, Ospino Estado Portuguesa, la medida cautelar de Presentación Periódica ante la oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial cada 30 días, de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 256 ordinal 3° eiusdem; con la advertencia que en caso de no cumplir con la medida impuesta así como no asistir a los demás actos del proceso le será revocada la medida acordada en este acto. SEGUNDO: Se deja sin efecto la orden de aprehensión librada en fecha 02-06-05 en contra del acusado Oscar Dudamel Mendoza.