Se ACUERDA la Prórroga del Régimen de Prueba al acusado MARCOS JAVIER CHIRINOS OROPEZA, ya identificado, por el lapso de un (01) año más a fin de que el referido acusado de cumplimiento a la siguiente condición "continuar la educación media; al efecto deberá presentar constancia de inscripción y de asistencia a clases y consignar notas al finalizar el año", y que le fuera impuesta con ocasión al beneficio de Suspensión Condicional del Proceso acordado por este Tribunal en fecha 19-07-00, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 41 del Código Orgánico Procesal Penal vigente para la fecha en la que se acordó dicho beneficio. Así mismo este Tribunal le impuso la obligación al acusado para que dentro del plazo de un mes contado a partir de la presente fecha consigne constancia de inscripción y constancia de estudio para acreditar que dará cumplimiento a la condición antes señalada.