este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal (unipersonal) en función de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVOCA la Medida Cautelar Sustitutiva dictada a los ciudadanos: ISMAEL EDUARDO TORO VIVAS, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 18.531.100, mayor de edad, natural de Acarigua, estado Portuguesa, soltero, de ocupación indefinida, residenciado en el Sector La Manga, calle 01, casa s/N°, San Rafael de Onoto, estado Portuguesa; y MANUEL ALEXANDER LOPEZ CALLAS, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 19.903.128, mayor de edad, natural de Acarigua, estado Portuguesa, soltero, de ocupación indefinida, residenciado en el Sector La Manga, calle 01, casa s/N°, San Rafael de Onoto, estado Portuguesa, consistente en presentación al tribunal de conformidad con el tercer ordinal del artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal.