DISPOSITIVA
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Unipersonal Segundo en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa extensión Acarigua, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano JOSÉ RAFAEL SOTO HERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 8.050.083, de la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 422 ordinal 2° en relación al 417 ambos del Código Penal, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, concatenado con lo previsto en el ordinal 7° del artículo 108 ejusdem. SEGUNDO: Se ORDENA la LIBERTAD PLENA de JOSÉ RAFAEL SOTO HERNANDEZ . Y ASI SE DECIDE. Se deja constancia que la parte dispositiva de la presente sentencia se leyó en la audiencia oral y pública el día 22 de marzo de 2005.
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