Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ABSUELVE al ciudadano: MARIO ANTONIO LÓPEZ BARRETO, venezolano, de 38 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 11.102.841, con fecha de nacimiento: 08/06/1.966, residenciado en la vereda 1 sector 8 casa N° 3 de la Urbanización Baraure 2 de la ciudad de Araure Municipio Araure del Estado Portuguesa, por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE ESTUPEFACIENTES PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTÍCULO 36 DE LA LEY SOBRE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS perpetrado en perjuicio de la SALUD PUBLICA, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 366 del Código Orgánico Procesal Penal.