En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 03, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley PRIMERO: Se acuerda la revisión de la medida de conformidad con el articulo 242 del código orgánico procesal penal consistente en presentación cada 15 días. SEGUNDO: se CONDENA (POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS) al ciudadano JOSE FRANCISCO ARIAS ZARATE, Venezolano, Natural de Acarigua Estado Portuguesa, de 18 años de edad, fecha de nacimiento 30-06-1996, soltero, profesión u oficio estudiante, titular de la cédula de identidad N° V25.697.283, residenciado en el Sector La Plazuela, calle 16, casa sin numero de Agua Blanca Estado Portuguesa ,por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el segundo aparte del articulo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, co.....