Publicación. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 3 (MIXTO) del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta (POR UNANIMIDAD) los siguientes pronunciamientos: 1) SE CONDENA al acusado NIXON RIVERO HERRERA, por la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 219 del Código Penal, imponiéndole la pena de DOS (2) MESES DE PRISIÓN más las accesorias previstas en el articulo 16 del Código Penal; con relación al mismo ACUSADO NIXÓN RIVERO HERRERA SE ABSUELVE por el delito de ROBO AGRAVADO y USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal y artículo 264 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; y 3) SE ABSUELVE al acusado CESAR JOSÉ MELÉNDEZ por el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICIDAD, HURTO Y USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR.