En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 03, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley PRIMERO: Se CONDENA (POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS) al ciudadano JOSE JONATHAN RODRIGUEZ FALCON, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.772.918, de nacionalidad venezolano, de 34 años de edad, estado civil, soltero, de profesión u oficio, albañil, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO previsto en el artículo 458 del Código Penal a la pena de SEIS (6) AÑOS Y OCHO (8) MESES PRISION más las accesorias previstas en el articulo 16 del Código Penal a saber: 1. .- la inhabilitación politica mientras dure la pena 3. La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, no se aplica atención a la sentencia N° 940 de fecha 21 de mayo de 2007 emanada de la Sala Constitucional del .....