En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA (POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS) al ciudadano KERVIN JOSE PARRA RODRIGUEZ, Venezolano, titular de la Cedula de Identidad N° V-25.162.917, fecha de nacimiento: 03/09/1989, soltero, profesión y oficio obrero y residenciado: en el Barrio 23 de Enero, Calle Jacinto Alvarado a dos casa después de la Iglesia Evangélica, Casa S/N, Municipio Ospino, Estado Portuguesa, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a un a Vida Libre de Violencias, en concordancia con el Articulo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cometido en perjuicio de la ADOLESCENTE (CUYO NOMBRE SE OMITE POR RAZONES DE LEY) de dieci.....