DECISION
Por todas estas consideraciones este Tribunal en funciones de Juicio Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia y en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, NIEGA la sustitución de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad por una menos gravosa, que fue interpuesta por la abogada FANNY COLMENARES GARCIA, en su carácter de Defensora Publica del acusado FREDDY JOSE COLINA BURGOS, titular de la cédula de identidad Nº20.156.110, por no haber variado las circunstancias que dieron lugar a la misma.
Regístrese, notifíquese a las partes, déjese copia certificada del presente auto para su archivo respectivo.
EL JUEZ DE JUICIO N° 04,
ABG. OMAR FLEITAS FLORES
LA SECRETARIA,
ABG. YOLIMAR PEREZ LOPEZ