En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA (POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS) al ciudadano: JOSE LAIDE MENDEZ NADAL, titular de la Cédula de Identidad N° 5.944.397; venezolano, de 50 años de edad, residenciado en la Urbanización 12 de Octubre, calle 08, casa sin numero, del Municipio Araure estado Portuguesa, por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el Artículo 420 numeral 02 en concordancia con el Artículo 415, ambos del Código Penal vigente, perpetrado en perjuicio de la adolescente cuyo nombre se omite por razones de ley a la pena de: QUINCE (15) DIAS DE PRISIÓN