En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA al ciudadano CARLOS IVAN PERDOMO RAMIREZ, por la comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, en perjuicio de la ciudadana (SE OMITE EL NOMBRE POR ORDEN DE LEY), con la atenuante especifica de EXCESO EN EL EJERCICIO LEGÍTIMO DE UN DERECHO prevista en el artículo 66 del Código penal la pena queda en: TRES (3) MESES Y DIEZ (10) DIAS DE PRISIÓN, mas las accesorias previstas en el articulo 66 de la misma Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, numeral 2 La inhabilitación política durante el tiempo de la condena. Así se decide.