Este Tribunal por auto de esta misma fecha, DECLARA EXTINGUIDA LA PENA impuesta al ciudadano IVAN RAMON CURIEL, por la comisión del delito de Homicidio Intencional, previsto y sancionado en el Artículo 407 del Código Penal, cometido en perjuicio de quien en vida respondía al nombre de José Gregorio Ordoñez, al haber transcurrido el lapso de la condena de quince (15) años de presidio, impuesta en fecha 3 de marzo de 1993, redimida en fecha 18-11-1998 en tres años, cuatro meses, siete días y doce horas y acordado el confinamiento en fecha 13 de mayo de 1999; en consecuencia se acuerda la LIBERTAD PLENA; todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 105 del Código Penal.