Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal de este Circuito Judicial Extensión Acarigua en Funciones de Ejecución, DECLARA PRESCRITA LA PENA de cuatro (04) años de prisión, impuesta a los ciudadanos WILLIANS ANTONIO DELGADO, LUIS ENRRIQUE CÁCERES Y FRANKLIN JOSE ARRIECHI, en fecha 28 de julio de 1998, por el Otrora Juzgado Superior Primero en lo Penal del Segundo Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, por la comisión del delito de Hurto Calificado, previsto y sancionado en el ordinal 1° del artículo 455 del Código Penal, cometido en perjuicio de la firma Productores Asociados Chispa S A; todo de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 1° y segundo aparte del Artículo 112 del Código Penal; en consecuencia se ACUERDA LA LIBERTAD PLENA de los mencionados ciudadanos.