se dictó decisión donde se declaró EXTINGUIDA LA PENA impuesta al ciudadano JOSE MAXIMO COLMENAREZ, en fecha 12 de agosto de 1994, por el Juzgado Superior Primero en lo Penal del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, por la comisión de los delitos de Robo Agravado, Porte Ilicito de Armas y Robo Agravado, previstos en los Artículos 460, 278 del Código Penal, cometidos en perjuicio de la Compañía Anónima Teléfonos de Venezuela (CANTV) y el Orden Público, al haber transcurrido el lapso establecido en la sentencia; en consecuencia se acordó la LIBERTAD PLENA; todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 105 del Código Penal.