Este Tribunal le otorgó el Beneficio de Régimen Abierto, al penado ANGEL OSWALDO DIAZ, por el delito de ROBO A MANO ARMADA Y PORTE ILICITO DE ARMA, en perjuicio de SALVATORE INCARDONA Y EL ORDEN PUBLICO, de conformidad con los artículos 479 ordinal 1° y 501, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 65 y 81 de la Ley de Régimen Penitencairo.