DISPOSITIVA.
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control Nº 1 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad a lo establecido en el artículo 566 y articulo 576 y 578 literal d, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Homologa el acuerdo conciliatorio al que han llegado las partes, y se impone a los adolescentes SE OMITE NOMBRE POR RAZONES DE LEY , a quienes se les imputa la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE previsto y sancionado en el articulo 260 de la ley orgánica para la protección de niños , niñas y adolescente, en perjuicio de SE OMITE NOMBRE POR RAZONES DE LEY , las obligaciones correspondientes, consistiendo en:
1.- La prohibición de los adolescentes imputados de acercarse a la victima y su entorno familiar.
2.- La obligación de los adolescentes imputados de someterse a la o.....