DISPOSITIVA.
Por la razones antes expuestas, este Tribunal de Control Nº 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONDENA, previa ADMISION DE LOS HECHOS y de conformidad con lo establecido en el artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, al adolescente: SE OMITE NOMBRE POR RAZONES DE LEY por la comisión de uno de los Delitos CONTRA LAS BUENAS COSTUMBRE Y ORDEN DE LA FAMILIA, específicamente el delito de ACTOS LASCIVOS, previsto en el artículo 376 del Código Penal en relación con el articulo 45 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de E OMITE NOMBRE POR RAZONES DE LEY, a cumplir la sanción Definitiva de:
.- LIBERTAD ASISTIDA establecida en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección de N.....