DISPOSITIVA.
Es por las razones expuestas, que este Tribunal de Control N° 01 del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la continuación de la investigación bajo los parámetros del procedimiento ordinario e imponer a los adolescentes: IDENTIDAD OMITIDA POR CONFIDENCIALIDAD, ampliamente identificado en autos, la Medida Cautelar prevista en el artículo 582, literal ?B? de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, la cual consistirá en: La obligación de los adolescentes de someterse a la supervisión y vigilancia de sus Representantes Legales, ciudadanas IDENTIDAD OMITIDA POR CONFIDENCIALIDAD quienes deberán informar a este Tribunal cada 15 días acerca de la conducta de sus Representados, se acuerda así mismo la práctica de Prueba Toxicológica a los mencionados adolescentes, para el día 06-06-05 a las 2:00 de la tarde e i.....