DISPOSITIVA.
Es por las razones expuestas, que este Tribunal de Control Nº 01 del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA, imponer a los adolescentes: SE OMITE POR RAZONES DE LEY, venezolano, natural de Biscucuy Estado Portuguesa, portador de la Cedula de identidad Nº 24588890, fecha de nacimiento 13-12-1994, de 17 años de edad, soltero, de profesión u oficio indefinida, residenciado en Villa Nueva frente en Villa Araure 1, adelante del puesto de transito casa Nº 12, Araure Estado Portuguesa teléfono 0416 9335782 hijo de Zerpa Loyo Neira Margarita Y WILIAN SEQUERA, Y el adolescente SE OMITE POR RAZONES DE LEY, portador de la Cedula de identidad 25881350,de nacionalidad venezolana, nacido en Barquisimeto Estado Lara, en fecha 08-01-1997, de 15 años de edad, de profesión u oficio indefinida, Barrio Ecológico, detrás del c.....