Por la razones antes expuestas y existiendo suficientes elementos de convicción, este Tribunal de Control Nº 1 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Condena de conformidad con lo establecido en el artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a la adolescente datos de identificación omitidos por razones de ley, ampliamente identificada en autos, a cumplir la sanción de Libertad Asistida, por el lapso de Un (1) año, prevista en el articulo 626 de la citada Ley, por la comisión del Delito de Lesiones Intencionales Leves, previsto en el artículo 418 del Código penal, cometido en perjuicio de la ciudadana ESPINOZA TOLEDO DIANNY GISELA, ampliamente identificada en autos. Quedan notificadas las partes de la presente decisión.
Vencido el lapso de ley se ordena la remisió.....