DISPOSITIVA:
En atención a los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Sección Adolescentes. Extensión Acarigua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA otorgar a la Fiscalía Quinta del Ministerio Público la prorroga solicitada de Treinta (30) días continuos, para la presentación del respectivo acto conclusivo, contados a partir de la presente fecha, en la causa seguida a la adolescente SE OMITE NOMBRE POR RAZONES DE LEY, por la presunta comisión de uno de los delitos Contra Las Personas, ello de conformidad a lo establecido en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Notifíquese. Líbrese lo conducente. Regístrese, diarícese y déjese copia certificada.
Dictada, firmada y.....