DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en función de Control Nº 1. Sección Adolescentes. Extensión Acarigua, administrando justicia EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, conforme lo establecido en el artículo 578 literal "f" de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes CONDENA al adolescente SE OMITE NOMBRE POR RAZONES DE LEY ampliamente identificado, por los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, establecido en los artículos 5 y 6 en sus numerales 1, 2 y 3 de la Ley Sobre el Hurto .y Robo de Vehículos Automotores, por el Delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD establecido en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano SEGUNDO DE JESUS ROSALES QUERALES y EL ESTADO VENEZOLANO, y por el delito de ROBO AGRAVADO, establecido en el articulo 458 del Código Penal cometido en pe.....