DISPOSITIVA
Sobre la base a todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Sección Adolescentes. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el artículo 76 del Código Orgánico Procesal Penal aplicado supletoriamente en virtud de la remisión expresa contemplada en el artículo 537 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, acuerda: PRIMERO: la acumulación de las causas penales signadas bajo los números de ASUNTOS: PP11P2011-000525 al Asunto PP11-D-2012-000384, y en aras de llevar el orden cronológico necesario y el fácil manejo de la Causa Acumulada, se acuerda agregar la Primera pieza de la causa N° PP11D2011000525 se tendrá como Primera pieza de la causa acumulada PP11-D-2012-000384, la Primera pieza de la causa N° PP11-D-2012-000384 se tendrá como Segunda Pie.....