DISPOSITIVA.
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 1 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda imponer a la adolescente: ( Identidad Omitida), ampliamente identificada en autos, las Medidas Cautelares previstas en el artículo 582, literales "C" y "F" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, las cuales consisten en:
C.- La obligación que tiene la adolescente de presentarse cada ocho (8) dìas por ante este Tribunal.
F.-La prohibición que tiene la adolescente de acercarse a la victima, ciudadano JULIO CESAR DURAN.
Se ordena la LIBERTAD de la adolescente, sujeta a las medidas impuestas, se ordena, igualmente, la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, a los fines de que prosiga con la investigación.
Dictada, firmada y .....