ORDEN DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PRIVADO
Se ordena la apertura a juicio oral y privado, de los acusados IDENTIDAD OMITIDA, antes identificados, por los hechos narrados en la audiencia por la Representación fiscal, expuestos en el escrito acusatorio y arriba enunciados, que constituyen la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el articulo 458 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano JUAN RAMON GOYO VALERA y de la EMPRESA PLATA DE HIELO SAN MIGUEL C.A, asimismo se imputa al adolescente IDENTIDAD OMITIDA , la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, establecido en el articulo 112 en relación con el artículo 5 numeral 5 de la Ley para el Desarme y control de Armas y Municiones en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. Se intima a las partes para que en un plazo común de cinco (5) días concurran ante el Tribunal de Juicio de este Sistema Penal. Se instruyó al ciudadano secretario para que remita al Tribunal de Juicio competente las presentes act.....