DISPOSITIVA.
Este Tribunal de Control Nº 01, del Sistema Penal de Responsabilidad del adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa Extensión Acarigua, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decretar el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, a quien se le imputare la comisión de uno de los delitos Contra Las Personas, específicamente el delito de EXTORSIÓN, previsto en el articulo 459 del Código Penal, cometido en perjuicio de la adolescente OMITIDA, en la presente causa, de conformidad a lo establecido en el artículo 568 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por haber cumplido con todas y cada una de las obligaciones impuestas en audiencia de conciliación y durante el lapso establecido. Se acuerda notificar a las partes de la decisión emitida por este Tribunal.
Se acuerda la Libertad Plena de la mencionada adolescente. Líbrese.....