D I S P O S I T I V A
Por todas las razones expuestas, este Tribunal de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, Extensión Acarigua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO en la causa que se le sigue al adolescente (Identidad Omitida), por la comisión de uno de los Delitos Contra La Propiedad, específicamente el delito de Hurto Calificado, previsto en el articulo 453 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano XIE WOBING, de conformidad con el articulo 561, literal "D" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con los artículos 318 numeral 1ero del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por remisión expresa del artículo 537 de la citada Ley. Notifíquese a las partes de la presente decisión.
Dada, sellada y firmada en la sala de Audiencias del Tribunal de Control N° 01 del Sistema Judi.....