Por cuanto de los resultados de la EXPERTICIA QUIMICA: signada con el Nº 9700-057-253, de fecha 21-05-2013, practicada por el Experto Toxicólogo JUAN JOSE LEDEZMA CARMONA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Acarigua Estado Portuguesa; se evidencia: MUESTRAS A: "...Peso Neto: OCHO (8) GRAMOS CON SEISCIENTOS (600) MILIGRAMOS.... CANTIDAD DE MUESTRA REMITIDA: OCHO (8) GRAMOS CON CUATROCIENTOS (400) MILIGRAMOS.... Conclusión: SE DETECTÓ LA PRESENCIA DE ALCALOIDE CLORHIDRATO DE COCAINA.. LA CUAL ACTUALMENTE NO TIENE USO TERAPEUTICO CONOCIDO. Ahora bien, por cuanto en dicha experticia señala que la muestra incautada no tiene uso Terapéutico, y de conformidad con lo establecido en el artículo 191 de la Ley de Drogas, se exime de enviar la notificación correspondiente al Ministerio Con Competencia En Materia De Salud Y Desarrollo Social, en consecuencia, conforme lo previsto en el artículo 555 de la Ley Orgánica Para La Prote.....