DISPOSITIVA.
Por todas las consideraciones expuestas; este Tribunal de Control Nº 01, del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa Extensión Acarigua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa, la cual se le sigue a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, de conformidad a lo establecido en el artículo 555, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el Articulo 318, ordinal 1°, Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por disposición del artículo 537, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se acuerda notificar a las partes de la decisión emitida por este Tribunal. Se acuerda la Libertad Plena de la mencionada adolescente. Líbrese lo conducente.
Regístrese, diarícese, déjese copia certificada del auto dictado.....