este Tribunal de Control N° 1 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el Enjuiciamiento de los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA E IDENTIDAD OMITIDA, anteriormente identificados, por los hechos narrados e imputados por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, constitutivos del delito de HURTO CALIFICADO, previsto en el artículo 453 ordinal 3° del Código Penal, los cuales a saber son: " En fecha 20 de Agosto de 2009, siendo aproximadamente las 03:00 horas de la tarde, el ciudadano FRANCISCO ANTONIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ, se encontraba en la urb. Villa Hermosa, Calle 1, Casa N° 10, Agua Blanca, Estado Portuguesa, visitando en casa de su hija la ciudadana Yolimar González, con aproximadamente tan solo unos diez minutos de haber llegado, este encontraba específicamente en la cocina de la Casa, cuando advierte y ve que mueven la bicicleta donde este se trasladaba, sale corr.....