Por todas las razones antes expuestas, este Tribual de Control N° 02 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, en la causa que se le sigue al Adolescente: (Identidad Omitida), ello de conformidad al Artículo 561, Literal "D" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 318, numeral 3° y el artículo 48 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por disposición expresa del Artículo 537 de la citada Ley. Notifíquese a las partes de la presente Decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Tribunal de Control N° 2 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, Extensión Acarigua, a los diez (05) días del mes de Agosto del año Dos Mil Cinco.
Abg. ZULAY ROJA.....