D I S P O S I T I V A
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 2 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, Extensión Acarigua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa seguida al Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, plenamente identificado en autos, residenciado en la vereda 09, casa Nº 4 de la Urbanización Gonzalo Barrios de Acarigua Estado Portuguesa, ello de conformidad a lo establecido en los artículos 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes de la presente decisión.
Dada, sellada y firmada en la sala de Audiencias del Tribunal de Control N° 02 del Sistema Judicial Penal Sección Adolescente Extensión Acarigua, en Acarigua a los Diecinueve (19) días del mes de Junio del año Dos Mil Seis.
La Juez de Control N° 02,
ABG. ZULAY ROJAS DE MARQUEZ
La Secre.....