DISPOSITIVA
Por la razones antes expuestas y existiendo suficientes elementos de convicción, este Tribunal de Control Nº 2 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA de conformidad a lo establecido en el Artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, al adolescente (Identidad Omitida), ampliamente identificados en autos, a cumplir la sanción de LIBERTAD ASISTIDA, prevista en el Artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por el lapso de SEIS (6) MESES de conformidad a lo establecido en el Artículo 622 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente por el Delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 272 de la Ley de Reforma del Código Penal cometid.....