DISPOSITIVA.
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO en la presente causa, la cual se le sigue al Adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, ampliamente identificados en autos, todo de conformidad a lo establecido en el artículo 561 literal "E" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia del Tribunal de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua, en Acarigua, a los 21 días del mes de Junio de 2006.
Abg. Zulay Rojas de Márquez
LA JUEZ DE CONTROL N° 02.
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