DISPOSITIVA
Sobre la base de todo lo antes expuesto, es por lo que este Tribunal, habiendo garantizado los derechos constitucionales y legales del adolescente SE OMITEN SUS NOMBRES POR RAZONES DE LEY, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 617, 80 y 542 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ACUERDA la Libertad Plena al joven adulto SE OMITEN SUS NOMBRES POR RAZONES DE LEY, todo por la información que se obtuvo vía telefónica al tribunal de Control, sección Adolescente de Nueva Esparta, al teléfono 0295-2420955, siendo atendida por la ciudadana Eliane Méndez, secretaria del Tribunal quien manifestó que se dejo sin efecto la captura, enviado vía fax Oficio N° 300 y 313 de fecha 26 de febrero del año 2007, los cuales son agregados en fotocopia al expediente, suscrito por la Juez de Control N° 2.....