DISPOSITIVA.
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Juicio del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ABSUELVE al Adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión de uno de los delitos Contra la Propiedad, específicamente el delito de Robo Agravado, previsto en el articulo 460 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano ANTONIO ALVAREZ, venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N° 11.540.081, residenciado en la Urbanización Tricentenaria de Araure, manzana A-8, casa N° 06, Araure Estado Portuguesa. De conformidad a lo previsto en el articulo 602 , literal "B" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente
Se dejan sin efecto las Medidas Cautelares que le fueren impuesta y ratificadas por el Tribunal de Control.
No se condena en costas al Estado Venezolano por considerar el Tribunal que el Minist.....