DISPOSITIVA.
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Juicio del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ABSUELVE al Adolescente: (IDENTIDAD OMITIDA), por la comisión de uno de los delitos Contra la Propiedad, específicamente el delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado el articulo 460 del CODIGO PENAL, cometido en perjuicio de ciudadano: EUDIS ALIRIO SIERRALTA SIERRALTA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 5.937.293, soltero, de Profesión Comerciante, natural de Carora Estado Lara, residenciado en Carorita, Calle Padre Gutiérrez, casa Nº 184 Carora Estado Lara, todo de conformidad a lo previsto en el articulo 602 , literal "B" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente
Se dejan sin efecto las Medidas Cautelares que le fueren impuesta y ratificadas por el Tribunal de Control......