DISPOSITIVA
En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal Mixto en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua. Sección Adolescente en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley POR UNANIMIDAD ABSUELVE al acusado identidad omitida por razones de ley , antes identificado, por el delito de VIOLACION, previsto en el Artículo 374 ordinal 1° del Código Penal, en perjuicio del niño identidad omitida por razones de ley , todo de conformidad con lo establecido en el artículo 602 literal "e" de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente.
Por cuanto en contra del acusado identidad omitida por razones de ley , se dictaron medidas cautelares contempladas en el artículo 582 literales "c" y "f" de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, se acuerda el cese inmediato de las mismas de conformidad con lo establecido en el artículo 602 último aparte de la Le.....