DISPOSITIVA.
Por las razones antes expuestas este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Sección Adolescentes. Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EL CESE LA SANCION DE LIBERTAD ASISTIDA, impuesta a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, venezolana, ........., a quien se le siguió causa por la comisión de unos de los delitos Contra La Propiedad, en virtud de haber ocurrido la muerte de la sancionada objeto del proceso, en consecuencia se DECLARA EXTINGUIDA LA SANCIÓN PENAL, todo de conformidad a lo establecido en el artículo 48. ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por disposición expresa del articulo 537 y 647 literal "H" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente respectivamente.
Notifíquese a la Representante del Ministerio Público, la Defensa, a la victima y a los Representantes legales de la adolescente de lo dec.....