se determina que sobre el mismo no pesa orden de captura alguna en lo que respecta la presente causa, debiéndose en tal virtud, acordar como en efecto se acuerda: PRIMERO: LA LIBERTAD INMEDIATA del ciudadano (IDENTIDAD OMITIDA), ordenándose en consecuencia librar la correspondiente boleta de libertad. SEGUNDO: Se ORDENA ratificarle al Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica Nacional del Departamento de Control de Aprehendidos del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Delegación Caracas Distrito Capital, se sirva girar instrucciones a fin de que el precitado ciudadano, sea desincorporado del Sistema de Información Policial (SIIPOL), por haberse declarado el cese de la sanción, dejando sin efecto cualquier solicitud o registro que presente el mismo por ese motivo y debiéndose cumplir el Procedimiento Interno creado por ese organismo para la tramitación de solicitudes concernientes a la actualización, rectificación o destrucción de los datos contenidos en el Sist.....