DISPOSITIVA
Por todas las razones precedentemente expuestas, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 621, 629 y 646 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente Acuerda MANTENER el cumplimiento de la medida de LIBERTAD ASISTIDA impuesta a la adolescente: IDENTIDAD OMITIDA en Libertad, en consecuencia se le impone la obligación de presentar ante este tribunal en el lapso de Veinte (20) días la constancia de haber asistido al Equipo Técnico Multidisciplinario, a buscar su cita para el cumplimiento de la orientaciones psicopedagógicas en dicha institución. Ofíciese lo conducente. Publíquese, diarícese y déjese copia.
Dictada, firmada y sellada en la sede de este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarig.....