DISPOSITIVA
Por la razones precedentemente expuestas, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en los artículos 621, 629 y 646 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente Acuerda mantener en la forma originariamente establecida el cumplimiento de la medida de Libertad Asistida impuesta al ciudadano (Identidad Omitida), antes identificado, en consecuencia se ordena al sancionado a acudir de manera inmediata ante el Equipo Técnico Multidisciplinario, con el objeto de que reinicie el cumplimiento de la mencionada medida. En Segundo lugar, se acuerda solicitar información al Tribunal de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal Ordinario, extensión Acarigua, a los fines de que informe si el sancionado estuvo privado de su libertad, y en caso de ser afirmativo se nos indiqu.....