DISPOSITIVA
Por la razones precedentemente expuestas, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en los artículos 621, 629, 646 y 747 literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente Acuerda mantener el cumplimiento de las medidas de Servicios a la Comunidad y Reglas de conducta y Libertad Asistida impuestas al ciudadano (Identidad Omitida), antes identificado, por lo que en consecuencia dicho ciudadano deberá; en lo que respecta a la medida de Libertad Asistida reiniciar el cumplimiento de esta obligación, para lo cual deberá acudir inmediatamente al Equipo Técnico Multidisciplinario adscrito a este sistema penal de responsabilidad a solicitar su respectiva cita. En cuanto a la sanción de Servicios Comunitarios, se acuerda el reinicio de los mismos en el Ambulatorio R.....