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Decisiones del dia 21/03/2006

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución LOPNA
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 1e-293-05 N° Sentencia : Fecha: 21/03/2006
Procedimiento:
Control De Medidas (Lopna)
Partes:
IDENTIDAD OMITIDA
Resumen:
DISPOSITIVA Por la razones precedentemente expuestas, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en los artículos 621, 629 y 646 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente acuerda mantener el cumplimiento de la medida de Libertad Asistida en la forma originariamente impuesta al ciudadano (Identidad Omitida), antes identificado, en consecuencia se ordena al sancionado a acudir de manera inmediata ante el Equipo Técnico Multidisciplinario a los fines de que inicie el cumplimiento de la mencionada medida. Publíquese, diarícese y déjese copia. Dictada, firmada y sellada en la sede de este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, a los 21 días del mes de marzo del año 2006. LA JUEZ DE EJECUCIO.....
Juez/Ponente:
Niorkiz Aguirre Barrios
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución LOPNA
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N° Expediente : 1E-289-05 N° Sentencia : Fecha: 21/03/2006
Procedimiento:
Revisión De Medida
Partes:
IDENTIDAD OMITIDA
Resumen:
DISPOSITIVO Con fundamento en todo lo antes expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Sección Adolescente. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en los artículos 629, 646, 647 literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, acuerda la modificación de la forma de cumplimiento de la medida de reglas de conducta, consistente en la obligación de practicar una disciplina deportiva, por la obligación de ejercer una actividad laboral; en consecuencia el sancionado deberá consignar cada tres (03) meses constancia de trabajo. Por otra parte, el tribunal le reitera al sancionado, la obligación de demostrar que se encuentra cursando estudios, en tal virtud, se le otorga el lapso de un (01) mes para que demuestre el cumplimiento de dicha obligación. Dictada, firmada y sellada en la sede de este Tribunal de Ej.....
Juez/Ponente:
Niorkiz Aguirre Barrios
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución LOPNA
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